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Municipalidad de Oreamuno

22º c

Municipalidad

Es la institución a través de la cual las personas ciudadanas habitantes de un mismo cantón promueven y administran sus propios intereses. La municipalidad es una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad, y capacidad jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para cumplir sus fines. La municipalidad posee la autonomía política, administrativa y financiera que le confiere la Constitución Politíca. Cada municipalidad o gobierno local está conformado por un Alcalde (sa) Municipal, dos Vicealcaldes, el Concejo Municipal y quienes habitan el cantón.

Funciones de la Municipalidad

Entre las funciones de la municipalidad están: fomentar la participación de los ciudadanos en la toma de decisiones, ofrecer servicios de recolección de basura y limpieza de caños, administrar los cementerios, mantener y construir vías públicas y parques, ofrecer y dirigir servicios públicos como lo son permisos para la construcción y permisos para negocios comerciales, recaudar y administrar los impuestos municipales y otros ingresos, brindar vigilancia y seguridad, mantener los caminos y parques en buen estado, proteger los recursos naturales, convocar a los vecinos de su cantón a consultas populares, adempas coordinar la participación de instituciones estatales en su cantón, entre otras.

Funciones según artículo 4. Código Municipal

  • Elaboración y ejecución de planes y proyectos de desarrollo del municipio.
  • Dictar los reglamentos autónomos de organización y de servicio, así como cualquier otro disposición que autorice el ordenamiento jurídico.
  • Acordar sus presupuestos y ejecutarlos.
  • Administrar y prestar los servicios públicos municipales.
  • Control y regulación del desarrollo urbano.
  • Aprobar las tasas, los precios, y las contribuciones municipales, así como proponer los proyectos de tarifas de impuestos municipales.
  • Percibir y administrar, en su cáracter de administración tributaria, los tributos y demás ingresos municipales.
  • Concertar, con personas o entidades nacionales o extranjeras, pactos, convenios, o contratos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.
  • Convocar al municipio a consultas populares, para los fines establecidos en el Código Municipal.
  • Promover un desarrollo local participativo e inclusivo, que contemple la diversidad de las necesidades y los intereses de la población.
  • Impulsar políticas públicas locales para la promoción de los derechos y la ciudadanía de las mujeres, en favor de la igualdad y la equidad de género.
Actualizado: 13/09/2023

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